Las dos características necesarias para que estemos en presencia de un evento organizado son: por un lado, la gestión integral que posibilite la práctica de un deporte organizado en una fecha concreta y, por otro lado, la puesta a disposición de los usuarios de los medios materiales que faciliten la realización del deporte; por ejemplo, la instalación de dos setas para practicar boulder.

Por lo tanto ¿tienen responsabilidad dos socios de un rocódromo cuando organizan una concentración de escalada en una zona exterior? ¿Tendría responsabilidad el propio rocódromo por ceder las instalaciones en caso de que la prueba se celebre en el interior?

Intentaremos dar contestación a las anteriores cuestiones de forma clara y concisa.

Muchas de las Sentencias condenatorias se refieren a la falta de diligencia en la adopción de los medios y medidas de seguridad necesarias para asegurar el buen desarrollo de la prueba o actividad. Por ello, uno de los pilares básicos para determinar la existencia o inexistencia de una falta de diligencia, es la observancia de los medios materiales puestos a disposición de los deportistas.

Entre dichos medios se incluye la adecuación del medio natural y no solo las instalaciones artificiales. No podemos olvidar que, en nuestro deporte, la mayor parte de las actividades y eventos se realizan en el exterior, como puede ser una concentración de escaladores en una escuela de escalada deportiva. Por otro lado, aunque no suele ser habitual en el caso de eventos altruistas realizados por voluntarios, hay que analizar pormenorizadamente el hecho de facilitar material verificado y homologado, y en caso de que el atleta lo lleve, comprobarlo. Nos podemos poner en el caso habitual de competiciones de raids o pruebas de rápel, en las que el uso de arneses de esquí de montaña hiperligeros para realizar tirolinas, descensos o escaladas complejas, suele ser empleado por muchos participantes. Si permitimos a un participante usar material no homologado o defectuoso, podemos estar incurriendo en responsabilidad por falta de la diligencia debida.

La segunda de las pautas básicas a la hora de organizar una competición o evento deportivo es la referente a la gestión del propio evento. Dentro de esta tarea se incluye la fundamental carga de seguridad que toda actividad lleva implícita, tanto para deportistas como para los propios espectadores y los mismos voluntarios, que no podemos olvidar que forman parte del conglomerado de personas actuantes dentro del evento. Otra de las exigencias que ha venido determinando la jurisprudencia como factor importante a la hora de concretar la diligencia desarrollada por la organización, es la de comprobar las condiciones físicas necesarias para el desarrollo de la prueba, exigiendo incluso exámenes médicos (cuestión habitual en muchas carreras de montaña).

Por último, se hace necesario, como ya hemos venido insistiendo a lo largo de toda la obra, y que ahora se extiende a este epígrafe, contar con profesionales cualificados que tengan competencias y conocimientos específicos sobre la actividad a realizar (sería la figura del Técnico Deportivo o del profesional cualificado para la actividad que se desarrolle).

Además de la vigilancia de todos los requisitos anteriores, se hace imprescindible ofrecer a los participantes (y espectadores) una adecuada información sobre el modo de desarrollo de la prueba, sus exigencias, a quién va destinada, las prevenciones de seguridad y, sobre todo en determinadas pruebas de largo recorrido o desarrolladas en terrenos de aventura (alta montaña) informar a todos los interesados sobre el balizamiento de las zonas más peligrosas y su recorrido íntegro.

El cumplimiento de los anteriores extremos determinará lo que se conoce como “Pauta de Valoración de la Conducta Debida” a la que ya nos hemos referido anteriormente. Se trata de elementos fundamentales para poder llevar a cabo un evento deportivo con la mayor seguridad posible y una correcta diligencia, con la finalidad de eliminar, dentro de lo que cabe teniendo en cuenta el tipo de actividad que estamos tratando, los riesgos previsibles, pues de los imprevisibles, como sabemos, no tenemos en principio por qué responder.