Vivimos en un mundo acelerado. La gente se afana en perseguir objetivos, laborales, vitales, deportivos. Esta de moda escapar del mundo, corriendo.
Hasta hace diez años, en mi pueblo solo había dos formas de correr: delante de la policía o detrás de las gallinas, pero era impensable correr por correr. Esta afirmación la sostienen docenas de paisanos que, como el que mira una obra se coloca estratégicamente detrás de una valla, un domingo de mañana, viendo pasar jabatos enfundados en licras de colores.
Que las carreras de montaña y las populares están de moda, no se le escapa a nadie. Que son éxito, tampoco. Lo que mucha gente olvida es que hay que tener presentes dos cuestiones:
- La primera es el impacto ambiental de este tipo de pruebas deportivas y que recientemente se ha encargado de “protocolizar” la FEDME. No en vano hoy en día son cada vez más los espacios naturales protegidos con uno u otro nivel de protección, pero es que las carreras pasan muchas veces por estos lugares y debemos saber a qué atenernos.
- La segunda, de la que trataremos sucintamente en el post de esta semana, es la responsabilidad del organizador: que no es poca.
Las dos características necesarias para que estemos en presencia de un evento organizado son: por un lado, la gestión integral que posibilite la práctica de un deporte organizado en una fecha concreta y, por otro lado, la puesta a disposición de los usuarios de los medios materiales que faciliten la realización del deporte; por ejemplo, el diseño de un recorrido con avituallamientos, asistencia técnica y médica, entre otros.
Por lo tanto ¿tienen responsabilidad los clubes, federaciones, particulares, empresas cuando organizan una carrera de montaña? ¿Tendría responsabilidad el propio Ayuntamiento por permitir la realización de la prueba?
Intentaremos dar contestación a las anteriores cuestiones de forma clara y concisa.
Muchas de las Sentencias condenatorias se refieren a la falta de diligencia en la adopción de los medios y medidas de seguridad necesarias para asegurar el buen desarrollo de la prueba o actividad. Por ello, uno de los pilares básicos para determinar la existencia o inexistencia de una falta de diligencia, es la observancia de los medios materiales puestos a disposición de los deportistas.
Entre dichos medios se incluye la adecuación del medio natural y no solo las instalaciones artificiales. No podemos olvidar que, en nuestro deporte, la mayor parte de las actividades y eventos se realizan en el exterior, como puede ser una carrera por montaña. Por otro lado, aunque no suele ser habitual en el caso de eventos altruistas realizados por voluntarios, hay que analizar pormenorizadamente el hecho de facilitar material verificado y homologado, y en caso de que el atleta lo lleve, comprobarlo. Nos podemos poner en el caso habitual de competiciones de raids o pruebas de rápel, en las que el uso de arneses de esquí de montaña hiperligeros para realizar tirolinas, descensos o escaladas complejas, suele ser empleado por muchos participantes. Si permitimos a un participante usar material no homologado o defectuoso, podemos estar incurriendo en responsabilidad por falta de la diligencia debida.
La segunda de las pautas básicas a la hora de organizar una competición o evento deportivo es la referente a la gestión del propio evento. Dentro de esta tarea se incluye la fundamental carga de seguridad que toda actividad lleva implícita, tanto para deportistas como para los propios espectadores y los mismos voluntarios, que no podemos olvidar que forman parte del conglomerado de personas actuantes dentro del evento. Otra de las exigencias que ha venido determinando la jurisprudencia como factor importante a la hora de concretar la diligencia desarrollada por la organización, es la de comprobar las condiciones físicas necesarias para el desarrollo de la prueba, exigiendo incluso exámenes médicos.
Cuestión curiosa es la de los deportistas que se “cuelan” en la prueba sin dorsal ¿respondería la organización? La respuesta debe ser afirmativa si no se han tomado las medidas de seguridad necesarias para que esto no ocurra. La organización responde tanto por los deportistas inscritos como por los no inscritos que corran con el beneplácito de ésta. Lógicamente no se responderá en caso de que se hayan tomado las medidas necesarias para impedir que esto ocurra, pero en muchas ocasiones existe cierta ligereza por parte de la organización.
Además de la vigilancia de todos los requisitos anteriores, se hace imprescindible ofrecer a los participantes (y espectadores) una adecuada información sobre el modo de desarrollo de la prueba, sus exigencias, a quién va destinada, las prevenciones de seguridad y, sobre todo en determinadas pruebas de largo recorrido o desarrolladas en terrenos de aventura (alta montaña) informar a todos los interesados sobre el balizamiento de las zonas más peligrosas y su recorrido íntegro.
Todo ello se hace real con la obligatoriedad en la firma de consentimientos informados, donde el corredor afirme: conocer el recorrido, sus riesgos, su condición física, etc, etc, lo que no supone una exención de responsabilidad pero sí una manifestación de que se conoce la prueba y se asume el riesgo deportivo normal de la misma. Todo este control se complementa con la publicación del reglamento y demás información en webs, foros, carteles, etc. pero cuidado con lo que publicamos y la información que suministramos.
El cumplimiento de los anteriores extremos determinará lo que se conoce como “Pauta de Valoración de la Conducta Debida”. Se trata de elementos fundamentales para poder llevar a cabo un evento deportivo con la mayor seguridad posible y una correcta diligencia, con la finalidad de eliminar, dentro de lo que cabe teniendo en cuenta el tipo de actividad que estamos tratando, los riesgos previsibles, pues de los imprevisibles, como sabemos, no tenemos en principio por qué responder.
Pero lo que no podemos olvidar es que cada Comunidad Autónoma regula sus propios protocolos para la organización de pruebas deportivas en la vía pública. Debemos estar, por lo tanto, muy atentos a todos estos requisitos administrativos (protección civil, ambulancias, respeto al medioambiente, seguros de accidentes, etc.), al final este tipo de “trabas” se convertirán en nuestro mejor aliado o nuestro peor enemigo en caso de que tengamos algún percance.
Una publicación de Alejandro López (abogado)
Información de contacto: a.lopez@campoiv.es
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