Son muchas las consultas recibidas en los últimos meses sobre la cobertura de las licencias federativas en caso de rescate. La mayor parte de estas dudas surgen con motivo de la negativa a cubrir los gastos de rescate por parte de algunas compañías aseguradoras.
Con motivo del comienzo de este nuevo año, y sin perjuicio de las limitación que supone la lectura de algunas pólizas (en algunos casos no actualizadas y/o en otros, parcialmente incompletas), he creído necesario realizar un breve análisis comparativo sobre los problemas básicos con los que nos podemos encontrar los federados. Las conclusiones señaladas con * son de las que se ha partido con datos parciales.
En primer lugar no podemos olvidar que la licencia federativa, así regulada mediante Decreto, ha de contar con un seguro de asistencia sanitaria. Este seguro es obligatorio para participar en competición y optativo para el resto de federaciones que, como las nuestras, lo tramitan como un seguro de accidentes. Dentro de las coberturas ampliadas está la de rescate.
En primer lugar debemos partir de la diferencia de precios entre unas y otras federaciones y entre los rescates nacionales y el extranjero. Resulta curioso como la mayoría de las pólizas parten de una diferencia sustancial (casi del doble en muchos casos) entre los precios del rescate en España y el extranjero, cuando en la práctica los precios y las facturas generadas son muy similares en uno y otro caso. En todo caso se supera generalmente el mínimo aconsejable de 9.000 euros. Por eso podemos estar tranquilos.
En segundo lugar hemos de destacar que, salvo medios propios o rescates gratuitos, las compañías exigen la presentación de la factura para el pago del servicio de rescate, lo que suele ser habitual en el extranjero.
Unido a lo anterior, hemos de tener cuidado con algunas pólizas que cubrirán estancias fuera de España hasta un máximo de 60 días, salvo expediciones comunicadas oficialmente al seguro.
En tercer lugar y, quizá uno de los puntos más polémicos y que se ha ido solventando paulatinamente, es el tema de la cobertura. Si bien la mayoría de las compañías lo han solucionado en este año 2016, hasta la actualidad (y aún perviven algunas), solo se cubre (se reintegra el importe) el rescate en caso de accidente.
Si nos vamos a las condiciones generales, muchas pólizas entienden por accidente, únicamente las lesiones corporales. Esto quiere decir que, pólizas como la valenciana o la aragonesa (esta última con una cobertura nacional irrisoria) sólo cubren el rescate en caso de que existan lesiones (aunque este año, en valencia, se introduce el mal de altura como lesión).
Esto quiere decir que necesitaremos justificar el rescate con un parte de lesiones, no bastando la existencia de riesgo para la vida (pérdida o desorientación, por ejemplo) o emergencia. Esto presupone el nacimiento o uso de la picaresca: fingir lesiones, autolesionarse o simplemente, que si nos “enriscamos” y necesitamos un helicóptero para volver a lugar seguro, tendremos que pagar de nuestro bolsillo.
Esto, y tantas otras cuestiones, exigen que además de leer con detenimiento las coberturas de las pólizas, exijamos a nuestras federaciones y clubes la contratación se seguros amplios y con virtualidad práctica en todo caso.
Alejandro López (Abogado) www.campoiv.es
Compañía | Cobert. Ext. | Cobert. España | Cuando | Cómo | Condicionado | |
Galicia | Mapfre | 24.000 | 12.000 | Lesiones + riesgo para la vida + emergencia médica | Contra factura salvo medios propios | General y particular |
Asturias * | Mapfre | 24.000 | 12.000 | No posibilidad de regreso + riesgo para la vida + emergencia médica | Contra factura salvo medios propios | General y particular |
Cantabria | Mapfre | 24.000 | 12.000 | Lesiones + riesgo para la vida + emergencia médica | Contra factura salvo medios propios | General y particular |
Euskadi (3 territoriales) | Helvetia | 18.000 | 9.015,18 | Lesiones | Contra factura | Particular |
Navarra * | Mapfre | 24.000 | 12.000 | Lesiones + riesgo para la vida + emergencia médica | Contra factura salvo medios propios | General y particular |
Aragon * | Fiatc | 1.8000 | 4.507 (mod A y B) | Lesiones | Contra factura | Particular |
Cataluña | AMCI | 12.000 (50.000 >7000 metros | 9.000 (6.000 mod A y B) | Lesiones + riesgo para la vida | Contra factura salvo medios propios | Particular |
Valencia | Generali | 12.000 (30.000 entre todos los accidentados | 12.000 (a repartir entre todos los accidentados) | Lesiones + mal de altura | Contra factura | Particular |
Murcia | Allianz | 24.000 (entre todos los accidentados) | 12.000 (a repartir entre todos los accidentados) | Lesiones + riesgo para la vida | Contra factura | Particular y general. |
Andalucía | Helvetia | 20-25.000 | 12-15.000 | Lesiones (incluye mal de altura) + búsqueda | Contra factura salvo medios propios | General |
CLMancha * | Mapfre | 24.000 | 12.000 | Riesgo para la vida + imposibilidad de volver a lugar seguro | Contra factura salvo medios propios | General |
CL León | Fiatc | 24.000 | 12.000 | Lesiones con riesgo para la vida | Contra factura salvo medios propios | General |
Madrid | Mapfre | 24.000 | 12.000 | Lesiones + riesgo para la vida + emergencia médica | Contra factura salvo medios propios | General y particular |
Extremadura | Mapfre | 24.000 * | 12.000 * | Lesiones + riesgo para la vida + emergencia médica | Contra factura salvo medios propios | General y particular |
La Rioja | Mapfre | 24.000 | 12.000 | Lesiones + riesgo para la vida + emergencia médica | Contra factura salvo medios propios | General y particular |
Baleares * | Mapfre | 24.000 | 12.000 | Lesiones + riesgo para la vida + emergencia médica | Contra factura salvo medios propios | General y particular |
Canarias | Allianz | 20.000 (a repartir entre todos los accidentados) | 18.000 (a repartir entre todos los accidentados) | Lesiones + riesgo para la vida + emergencia médica | Contra factura salvo medios propios | General y particular |
Hola Alejandro.
Si un senderista, sin licencia, sufre un accidente y lo tienen que rescatar los bombero con helicóptero incluido.
Quien paga esto?
Te lo comento por esta noticia:
http://www.castelloninformacion.com/rescate-senderista-alfondeguilla/
Hola, si le pasan la factura la tendra que pagar el senderista, salvo que tenga un seguro que le cubra. Saludos.
pero no seria lo normal que se la pasaran, no?
En Castellón no conozco ningún caso, la verdad es que es poco habitual que pasen la factura, pero depende de la administración de turno.
Muchas gracias por la comparativa, es muy interesante. Teniendo la opción de federarse un cualquier federación, ¿en cual sería más conveniente a tenor de las coberturas que ofrecen?
Un saludo.
Buenos días Manel,
No me mojaría por ninguna, pero parece que MAPFRE es la que unifica criterios y la que tiene el clausulado más amplio.
Saludos.
Gracias por la rápida respuesta. Parece que deberemos presionar a las federaciones para conseguir coberturas en condiciones.
Saludos
¿Cual es la licencia más barata?
La puedo expedir desde el extranjero?
Gracias!
Sin problema si lo haces desde un club español. Galicia y castilla leon entre las mas baratas, pero depende de la modalidad.
Creó que la cuestión clave es ¡divide y vencerás!; la causa: ¿por que los montañeros somos tan gilis como las elites politico-economicas?.
Y, ojo, no estoy hablando de que todas las federaciones deban ser una…, ¡pero a la hora de comprar, sí, joder!
Buenos días.
Acabo de leer el post y directamente me he ido a leer las coberturas del seguro de Generali que ofrece la licencia de la Federación Valenciana de Montaña. Me he quedado un poco sorprendido, ya que por lo que entiendo, igual no es así, solamente cubre en actividades organizadas por los organismos deportivos correspondientes y en circuito o medio físico adecuado y previamente definido y autorizado previamente por las correspondientes autoridades federativas […]
Entonces, ¿si estoy haciendo senderismo por el monte del pueblo de al lado y me rompo una pierna…?
Enlace a las mencionadas cláusulas:
http://www.femecv.com/sites/default/files/poliza_gl6427000426_fed_valenciana_montana_-_2016.pdf
Gracias y un saludo.
Buenas tardes Vicente,
Efectivamente, ya en años atrás hemos tenido reclamaciones por este tipo de clausulas en la póliza de la Com. Valenciana. Este año han tratado de darle otra redacción para evitar que únicamente se cubrieran las actividades organizadas por la Federación, pero lo que parece es que en el fondo sigue diciendo lo mismo. Aun así, entiendo que cualquier accidente tendría cabida en definitiva, por cuanto se trataría de una cláusula oscura que contradice el ánimo y espíritu del contrato de seguro por lo que entiendo que se daría cobertura. Si bien, estoy contigo en que es una «chapuza». Saludos.